DECRETOS: Son nueve y constituyen el desarrollo práctico de la Lumen gentium, fijando reglas y normas que aplican los principios teológicos.
Inter mirifica: (4 diciembre 1963) considera los medios de comunicación social y sus potencialidades para el bien del hombre.
Christus Dominus: (28 octubre 1965) ilustra como debe desarrollarse el oficio pastoral de los Obispos.
Optatam totius: (28 octubre 1965) presenta como debe realizarse la formación de los futuros sacerdotes.
Perfectae caritatis: (28 octubre 1965) expone las líneas con las cuales se debe proceder en la renovación de la Vida Consagrada.
Apostolicam actuositatem: (18 noviembre 1965) presenta los criterios con los cuales se desarrolla el apostolado por parte de los fieles laicos.
Unitatis redintegratio: (21 noviembre 1965) considera el ecumenismo, o sea el camino común entre las varias iglesias que creen en Cristo.
Orientalium ecclesiarum: (21 noviembre 1965) se refiere a las Iglesias católicas orientales y al patrimonio espiritual y litúrgico a ser conservados.
Presbyterorum ordinis: (7 diciembre 1965) presenta el ministerio y la vida de los sacerdotes enviados en medio al pueblo de Dios.
Ad gentes: (7 diciembre 1965) presenta la actividad misionaria de la Iglesia, según el mandato del Señor.