DECRETOS: Son nueve y constituyen el desarrollo práctico de la Lumen gentium, fijando reglas y normas que aplican los principios teológicos.

Inter mirifica: (4 diciembre 1963) considera los medios de comunicación social y sus potencialidades para el bien del hombre.

Christus Dominus: (28 octubre 1965) ilustra como debe desarrollarse el oficio pastoral de los Obispos.

Optatam totius: (28 octubre 1965) presenta como debe realizarse la formación de los futuros sacerdotes. 

Perfectae caritatis: (28 octubre 1965) expone las líneas con las cuales se debe proceder en la renovación de la Vida Consagrada.

Apostolicam actuositatem: (18 noviembre 1965) presenta los criterios con los cuales se desarrolla el apostolado por parte de los fieles laicos. 

Unitatis redintegratio: (21 noviembre 1965) considera el ecumenismo, o sea el camino común entre las varias iglesias que creen en Cristo. 

Orientalium ecclesiarum: (21 noviembre 1965) se refiere a las Iglesias católicas orientales y al patrimonio espiritual y litúrgico a ser conservados. 

Presbyterorum ordinis: (7 diciembre 1965) presenta el ministerio y la vida de los sacerdotes enviados en medio al pueblo de Dios.

Ad gentes: (7 diciembre 1965) presenta la actividad misionaria de la Iglesia, según el mandato del Señor.

 


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